domingo, 20 de agosto de 2017

INDEPABIS





Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios

Es el órgano rector que el Gobierno Bolivariano coloca a su disposición con la finalidad de proteger y salvaguardar los derechos de las personas en el acceso a los bienes y servicios.
Son competencias del Instituto para la Defensa de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios: 


1. Ejecutar los procedimientos de verificación, inspección, fiscalización y determinación, para constatar el cumplimiento o incumplimiento de la normativa prevista en el presente Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley, por parte de los sujetos obligados.
2. practicar las supervisiones que considere necesarias.
3. Tramitar y decidir los procedimientos iniciados de oficio, por denuncia o por solicitud y aplicar las sanciones administrativas que correspondan, así como las medidas correctivas y preventivas.
4. Coordinar con la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, de Seguros, según sea el caso, las acciones tendentes a hacer efectiva la defensa de los ahorristas, asegurados y usuarios de servicios prestados por la Banca, las Entidades de Ahorro y Préstamo, las Empresas Operadoras de Tarjetas de Crédito, los Fondos de Activos Líquidos y otros entes financieros.
5. Proponer, aplicar y divulgar las normas en materia de la Defensa de los Derechos de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios.
6. Denunciar ante los organismos competentes los hechos o delitos.
7. Establecer centros de información y atención al público en terminales de transporte aéreo, terrestres y marítimos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

EL COMERCIO ELECTRÓNICO Y LA PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN VENEZUELA

Hasta hace pocos años, el comercio era limitado al territorio o ambiente social donde se desplazaban los ciudadanos. El comercio interna...